De hecho, podría estar sujeto a los siguientes impuestos: Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), Impuesto sobre la Renta de No Residentes (INR) e Impuesto sobre el Patrimonio (IP).
En caso de retraso en el pago o de no presentar las declaraciones correspondientes, estará sujeto a importantes sanciones según la legislación catalana y española. Nuestro bufete franco-español está a su disposición para proporcionarle más información.
El bufete LEXWELL le asesora en estos trámites.

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