Es socio fundador y socio codirector del bufete LEXWELL Avocats / Legal. Fundador del centro de estudios NOVA ROMA, es coautor de la obra colectiva «Repenser la France d’après» (Bold, 2021).

Planificar la herencia cuando se reside en el extranjero siempre es un asunto delicado.

Tanto si se poseen bienes en Francia como en el extranjero, y tanto si existen beneficiarios potenciales residentes en Francia como si no, es necesario prever una situación inherentemente internacional cuya planificación puede resultar compleja.


Es importante saber que la legislación fiscal francesa (artículo 750 ter del Código General Tributario francés, o CGI) estipula que la transmisión de bienes muebles e inmuebles situados en Francia y en el extranjero está sujeta al impuesto de sucesiones (o donaciones) en Francia cuando:

  • los recibe un heredero/legatario (o donatario) residente fiscal en Francia
    y/o
  • el fallecido era residente en Francia en el momento de la transmisión.

Sin embargo, el impuesto sobre sucesiones (y donaciones) solo se aplica a los bienes muebles e inmuebles transmitidos que se encuentren exclusivamente en Francia cuando:

  • el fallecido/testador no era residente fiscal en Francia en el momento de la transmisión,
    y
  • el heredero/legatario (o donatario) no fue residente fiscal en Francia durante al menos seis años en los diez años anteriores al año en que recibe los bienes.

Por lo tanto, para preparar adecuadamente una herencia (o donación) internacional, es fundamental:

  • determinar con certeza el lugar de residencia del testador y sus beneficiarios, y
  • verificar la existencia de un convenio fiscal en materia de sucesiones entre Francia y el país de residencia del testador o sus beneficiarios. De lo contrario, se aplicará íntegramente el artículo 750 ter del Código General Tributario francés (CGI).

Primacía de los Convenios Tributarios Internacionales: Un Marco Decisivo para la Tributación de las Herencias Transfronterizas


Dada la naturaleza internacional de este tipo de herencia (o donación), cabe señalar que la aplicación del derecho tributario francés puede verse limitada o atenuada por la aplicación de las disposiciones de los convenios internacionales bilaterales celebrados entre Francia y otros Estados en materia de herencias (o incluso donaciones).
Debido a la primacía de los convenios internacionales sobre el derecho interno (primacía consagrada en el artículo 55 de la Constitución de la Quinta República), las disposiciones de los convenios tributarios celebrados y vigentes para Francia deben prevalecer siempre sobre los principios tributarios establecidos en el artículo 750 ter del Código General Tributario francés (CGI).

Como ejemplos (existen muchos más, y no podemos enumerarlos todos), cabe destacar que:

  • De conformidad con el artículo 9 del Convenio Tributario Franco-Italiano sobre el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, las sumas de dinero solo tributan en el Estado del fallecido (o donante). Esto podría significar que no estén sujetos al impuesto de sucesiones (o donaciones) en Francia si el fallecido (o donante) era residente fiscal en Italia.
  • De conformidad con el artículo 30 del Convenio Fiscal Franco-Español sobre el Impuesto de Sucesiones, los bienes inmuebles solo tributan en el Estado donde se encuentran ubicados. Esto podría implicar que la transmisión no esté sujeta al impuesto de sucesiones en Francia cuando el inmueble transmitido se encuentre en España, incluso si el fallecido o sus herederos eran residentes en Francia. Sin embargo, si la propiedad se posee a través de una sociedad (por ejemplo, una SCI francesa), la transmisión podría estar sujeta al impuesto de sucesiones en Francia.

El bufete de abogados LEXWELL le asiste en estos trámites


Por lo tanto, le recomendamos encarecidamente que consulte con un asesor especializado para determinar el régimen fiscal aplicable en caso de herencia (o donación) y, si fuera necesario, para implementar una estrategia que pueda incluir la estructuración internacional de su patrimonio, adaptada a sus necesidades y objetivos de transferencia.