Contratos comerciales internacionales

¿Por qué elegir Lexwell Legal?

contrat commerciaux internationaux - cabinet lexwell legal - Espagne

Contar con el asoramiento de Lexwell Legal, es elegir un bufete adaptado al entorno internacional en el que opera.

Nuestra especialidad : las empresas francesas que se internacionalizan y desarrollan una actividad en España. Somos facilitadores y profesionales expertas/os en asegurar los negocios internacionales de nuestros clientes.

Las relaciones internacionales requieren dominio tanto de las disposiciones legislativas locales como de la práctica y comprensión de los mecanismos complejos del derecho europeo e internacional, cuyas disposiciones son directamente aplicables.

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Nuestro método

Nuestro método en el contexto de la negociación y redacción de documentos contractuales es entender el funcionamiento de la actividad económica de la empresa, para poder ofrecerle soluciones jurídicas en correlación con sus objetivos.

Nuestros clientes nos consultan a menudo para adaptar sus condiciones contractuales a la legislación del país en el que desean establecerse.

Si la traducción es importante, no es suficiente. Las reglas contractuales vienen de la misma base europea y existen muchas diferencias que conviene transcribir y descifrar.

El valor de nuestra intervención se debe a que operamos en sectores tan variados como la moda, la industria, la tecnología, las fintechs y el transporte.

Algunos ejemplos de nuestras intervenciones en materia de negociación y redacción de contratos internacionales en España y Francia:

    • Prestación de servicios o compraventa de bienes,
    • Distribución,
    • Licencia de marca,
    • Arrendamientos comerciales,
    • Acuerdos comerciales.

Preguntas frecuentes

1. Acabo de traducir las condiciones generales de mi página web de venta de productos en línea. ¿Puedo publicarlas ahora en mi web para el mercado en España?

Atención, aunque se han armonizado muchas disposiciones, se debe adaptar las condiciones generales a la legislación española. La misma lógica se aplica cuando se trata de una empresa española que desea vender sus productos en Francia.

2. ¿Debe especificarse la ley aplicable al contrato?

Es muy recomendable elegir la ley aplicable en aras de la seguridad jurídica.

3. ¿Debe existir un tribunal competente o un tribunal de arbitraje?

Se recomienda encarecidamente elegir la jurisdicción competente también en aras de la seguridad jurídica.

4. ¿Deben tenerse en cuenta las disposiciones imperativas de la ley de los países en los que se ejecutará el contrato internacional?

En todo caso, es necesario tomar en consideración las disposiciones imperativas de las leyes de los Estados que tengan un vínculo con la ejecución del contrato.

5. ¿Debe haber una cláusula para adaptar el contrato a cambios en factores relacionados con el entorno económico y/o con la economía del contrato?

Según la naturaleza del contrato, su duración y su economía, este tipo de cláusula de adaptación del contrato puede tener interés jurídico y práctico.

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