Emilie Poignon, Abogado-Avocat.
En España nos hallamos actualmente en la fase 0 de las 4 fases que tendremos que superar para llegar a la “nueva normalidad”.
Desde ayer, los locales comerciales de menos de 400 m2 ya pueden abrir al público, respetando condiciones estrictas, tales como:
- Establecer un sistema de cita previa.
- Un único cliente por empleado.
- Se prohíbe la habilitación de una zona de espera en el interior de los locales.
- Si no es posible asegurar la distancia de 2 metros, será necesario la instalación de mamparas de separación en los mostradores.
- Se deberá fijar un horario de atención preferente para las personas mayores de 65 años.
- Deberán respetarse las medidas higiénicas previstas en la normativa (entre otras, desinfectar el local al menos dos veces al día -una tras el cierre-, desinfectar las herramientas de trabajo y los mostradores tras cada cambio de turno, los uniformes deberán limpiarse y desinfectarse diariamente).
En este sentido, es importante destacar que, de conformidad con la Ley 31/95, en España todas las empresas que tengan contratado personal asalariado tienen que contar con un plan de prevención de riesgos laborales.
En consecuencia, en el marco de la reapertura, las empresas encargadas de la prevención de riesgos laborales deberán, junto con la empresa, planificar el procedimiento a implementar. Es muy recomendable contactar con la empresa que se tenga contratada para aclarar dudas sobre las medidas a aplicar.
Además, el empresario podrá solicitar a la empresa en cuestión que verifique la correcta aplicación de las medidas de prevención del plan de retorno (inspección de por parte de la empresa de prevención de riesgos laborales y emisión del certificado correspondiente), y ello a efectos de limitar la responsabilidad del empresario.
Es, por tanto, muy recomendable ponerse en contacto con dichas empresas, que tendrán un papel importante en el plan de retorno al trabajo en la “nueva normalidad”.