El pasado 27 de julio del 2015, el Tribunal Supremo (CE, n°334551 et n°342944) aprobó la sentencia del Tribunal de justicia de la Unión europea con fecha 26 de febrero de 2015 (CJUE, aff. C 623/13) que cuestionó el gravamen de los rendimientos del patrimonio para no residentes fiscales (CSG: Contribución social generalizada — CRDS : Contribución para el reembolso de la deuda social).
Las personas físicas sometidas a un régimen de seguridad social dentro del espacio económico europeo podrán en base a las jurisprudencias susodichas solicitar la devolución de las cotizaciones sociales indebidamente cobradas.
La Hacienda francesa precisó a través de un comunicado de prensa el día 20 de octubre de 2015, de cuales son las modalidades practicas de dicha devolución.
En cuanto a no residentes, la restitución concierne a las cotizaciones sociales calculadas en los rendimientos inmobiliarios, es decir los rendimientos de alquileres y las plus-valías inmobiliarias.
En la practica, es necesario presentar a hacienda antes del 31 de diciembre de 2015 una solicitud de devolución en relación a:
- Los rendimientos inmobiliarios percibidos entre 2012 y 2014 (cotizaciones sociales cobradas de 2013 a 2015)
- Las plus valías realizadas dentro del año 2013
Cabe destacar que la misma solicitud de devolución puede ser interpuesta por un residente fiscal francés el cual este afiliado a un régimen de seguridad social extranjero en el seno del EEE.
Finalmente, dentro del marco de la ley de financiación de la seguridad social para 2016, el gobierno francés prevé destinar los gravámenes de los rendimientos del patrimonio “al financiamiento de prestaciones no contributivas” por ej: la pensión minima por jubilación, RSA) y dejara de hacerlo al financiamiento del régimen de seguridad social.
Las cotizaciones sociales (CSG/CRDS) se mantendrán para rendimientos inmobiliarios percibidos por no residentes para 2016, evitando de tal manera el argumento de no cumplir con el derecho comunitario.